A- de 2018
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Maria Del Carmen Chaparro Duran·Demandado Municipio De Villa Del Rosario
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sección Cuarta del Consejo de Estado y el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Oralidad de Villa del Rosario (Norte de Santander).
El Juzgado mencionado, invocando el Decreto 1382 de 2000, adujo carecer de competencia.
La Corte considera que con dicha actuación se afectan los principios de celeridad y eficacia de la administración de justicia, así como la naturaleza misma de la acción de tutela, en tanto mecanismo constitucional dirigido a la resolución inmediata de la presunta vulneración de los derechos invocados por la accionante.
Se dirime la controversia ordenando remitir el expediente a la precitada autoridad judicial, para que de manera inmediata asuma el conocimiento y resuelva en sede de instancia la solicitud de amparo invocada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 14 de septiembre de 2017, proferido por el Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Oralidad de Villa del Rosario, Norte de Santander.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3160 al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Oralidad de Villa del Rosario, Norte de Santander, para que de manera inmediata asuma el conocimiento y resuelva en sede de instancia la acción de tutela de la referencia.
- Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la presente decisión a las partes y a la Sección Cuarta del Consejo de Estado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.